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País Vasco

Derechos en el alquiler en el País Vasco

Revisado

Marco aplicable

La Ley 29/1994, de arrendamientos urbanos y la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda se aplican en el País Vasco. La Ley 3/2015 de Vivienda y su Decreto 42/2016 (aplicables a contratos firmados desde el 26 de septiembre de 2015) fijan la fianza mínima en **una mensualidad de renta** y obliga a la persona arrendadora a depositarla en el Gobierno Vasco a través del servicio Bizilagun dentro del mes siguiente a la firma. Además, los contratos de arrendamiento deben registrarse.

Devolución de la fianza

Una vez extinguido el contrato, el derecho a exigir la devolución de la fianza prescribe a los cuatro años; la devolución se solicita por los cauces de Bizilagun.

Dónde acudir

Contenido informativo elaborado con fuentes oficiales citadas. No constituye asesoramiento jurídico; para tu caso concreto acude al servicio público competente.